Es el presidente de la corporación, elegido por los concejales, según el siguiente procedimiento:
- Pueden ser candidatos todos los concejales que encabecen sus correspondientes listas.
- Es proclamado alcalde el ue obtenga la mayoría absoluta de los votos de los concejales.
- Si ningún concejal obtiene dicha maoría, es proclamado alcalde le concejal que encabece la lista que haya obtenido mayor número de votos populares.
- En caso de empate se resolverá por sorteo
El alcalde puede ser destituido de su cargo mediante moción de censura adoptada por la mayoría absoluta de los concejales y mediante cuestión de confianza planteada por él mismo.
ATRIBUCIONES DEL ALCALDE:
- Dirigir el gobierno y la administración municipales
- Representar al Ayuntamiento
- Nombrar y cesar a los tenientes de alcalde y a los miembros de la Junta del Gobierno local
- Convocar
y presidir las sesiones del Pleno y de la Junta de Gobierno, dictar bandos, hacer cumplir las ordenanzas y los reglamentos municipales.
- Dirigir la policia municipal.
- Contratar obras menores, ejercer la jefatura superior del personal de la corporación, aprobar la oferta de empleo púbico, y decidir empates con el voto de calidad.
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